DECLARACION DE PRINCIPIOS - WWPA International - Sydney - Australia, para Europa, las Américas e Islas del Caribe
PREAMBULO:
________Nosotros, hombres y mujeres libres del Mundo, constituimos la Orden Esotérica, Ecuménica, Pluri-Dogmática y denominamos a nuestra COMUNIDAD: Sociedad Universal Esotérica Paranormal y Afines.

Para ello: garantizamos la Libertad de Culto a todos los miembros de nuestra Comunidad y propugnamos el respeto irrestricto por las creencias inmanentes de la trama cultural de todos los Pueblos que expresen su decisión de integrarse a nuestra Orden, sin otro requisito que la adhesión a sus Principios Propedéuticos, el apego a la libertad religiosa y creencias.

Por lo tanto, nos avocamos a la Investigación, la Reflexión, la Meditación, la Espiritualidad y el Estudio de los Fenómenos Paranormales en todas sus prácticas y disciplinas sin perturbar el colectivo social ni sus contenidos rituales.

Por ello, decimos y declaramos que constituimos una Comunidad Religiosa, Espiritual y Esotérica para todos aquellos que quieran adherir o congregarse y para quienes acepten el desafío de compartir la experiencia de servir a un solo Dios con plena conciencia de las diferentes, disímiles formas y manifestaciones teológicas y teosóficas de acuerdo a las normas del conocimiento doctrinario de cada miembro de nuestra sociedad. Por ello, dictamos Tres Principios Propedéuticos a saber:

Principio Propedéutico Nº 1:
Nos comprometemos a integrar una Sociedad Esotérica sin otra condición que el saber-conocimiento de prácticas religiosas y creencias esotéricas, semióticas, naturales y científicas de todas las muy respetables actividades del esoterismo y el espiritualismo universal. Por eso, declaramos y decretamos que la obra y las acciones que concreten nuestras manos, deberán ser la réplica de lo que represente y exprese nuestra lengua y la resultante de lo que elaboren los códigos de nuestros pensamientos".

Principio Propedéutico Nº 2:
“Cada miembro, Adherente, Activo y/o Consular es responsable de sus acciones y de las que en nombre de su práctica desarrollare, sean estas teúrgicas o no. Los miembros consulares solo podrán asirse a la tarea, práctica y ejercitación teúrgica para garantizar la existencia y constitución de la Comunidad y la vigencia de sus Principios Propedéuticos. El Cuerpo Consular o Consejo Supremo es Ecuménico, Colegiado y Representativo; respeta y hace respetar sus normas la Constitución Política, Códigos y Leyes de la Nación donde desarrollare sus actividades y reconoce como AUTORIDAD doctrinaria al Grand Vizier/o Grand Maestre otorgante y poderdante de nuestra Orden mediante Exordios Públicos y Secretos.

Principio Propedéutico Nº 3:
Los miembros que integran WWPA Intertacional son libres, de adhesión voluntaria e independientes para la conversión y ejercicio de cualquier religión o creencia. WWPA International defiende la libertad de Culto de todos y cada uno de sus miembros (adherentes, activos y/o consulares) y propone su incorporación como Miembro Inciático, Activo, Adherente y Voluntario la edad comprobada que la Ley de cada Nación le impone a sus ciudadanos para reconocerles su mayoría de edad o emancipación civil, requisito ineludible para su ordenamiento ritual.”



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